lunes, 29 de octubre de 2012

¿Cómo deben tratarse los cambios en políticas contables, en estimaciones y la corrección de errores?


 


El post  de hoy está enfocado en algo sumamente importante que son los eventos que pueden requerir ajustes en los estados financieros, como los cambios en políticas, las estimaciones o la corrección de errores.







Esto está regido por IAS 8 - Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores

Antes que nada cabe recalcar que esta norma busca como fin último la comparabilidad de los estados financieros, por lo tanto se busca que una vez seleccionada una política contable esta debe ser consistente durante los diferentes periodos.

Si posteriormente a la selección y aplicación consistente de una política contable se decide o requiere hace una cambio en la política contable, esto solo puede darse si;

1.       La entrada en vigor de una norma lo requiere o
2.       El cambio trae consigo generar información financiera más confiable y relevante, es decir el cambio en la política es más clara y relevante para el lector.

En el primer caso si el cambio se da por la entrada en vigor de una norma el cambio debe realizarse de manera retrospectiva salvo que una disposición transitoria en dicha norma requiera lo contrario.
En el segundo caso, la aplicación debe ser retrospectiva, salvo que sea totalmente impacto realizarlo de esta forma, entonces será prospectivo.

La aplicación prospectiva se refiera a hacer el cambio desde ese momento y hacia el futuro.

La aplicación retrospectiva requiere Aplicar la nueva política como si se hubiera aplicado siempre, Lo cual conlleva ajustar los saldos iniciales de cada rubro de capital afectado, del periodo anterior más antiguo presentado, así como también las cifras comparativas reveladas para cada periodo anterior presentado.

Así mismo la norma contempla los cambios en estimaciones, Las estimaciones contables surgen como resultado de incertidumbre inherente a  actividades comerciales, por lo tanto, muchas partidas de los EF no pueden valuarse con precisión. La estimación implica el uso de juicio, basado en la información confiable disponible más reciente.

Cuando se producen cambios en las circunstancias en que se basa la estimación, necesita ser revisada y puede derivar en un cambio en estimación, este cambio de acuerdo a la IAS es de aplicación siempre prospectiva.

Por último, la norma contempla el tratamiento de una corrección de un error en periodos anteriores, ante esta situación, la norma requiere una aplicación o reestructura (el famoso Restatement tan temido por los auditores), estas correcciones de errores siempre deben ser tratados de manera retrospectiva, salvo que sea totalmente impráctico realizarlo de esta manera. Esto en pocas palabras es corregir el reconocimiento, valuación y revelación en los EF como si el error nunca hubiera ocurrido.

En resumen…

Cuando estamos ante algún evento de los antes mencionados, debemos primeramente identificar si este se trata de un cambio en políticas contables, un cambio en estimación o una corrección de un error, posteriormente aplicar la siguiente regla:

Evento
Aplicación
Ejemplos
Cambio en política contable
Retrospectiva
Cambio en método de depreciación,  cambio en política de valuación de activos fijos de costo a revaluación
Cambio en estimación
Prospectiva
Cambio en las vida útil de un componente de PP&E, cambio en la provisión por garantías.
Corrección de error
Retrospectiva
Errores aritméticos en los estados financieros o error en la aplicación de una política contable. Error en valuaciones de inventarios.

Espero les sea de utilidad....

Saludos

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